¿De quién es competencia exclusiva la disolución de los órganos de una Entidad Local?
- A.Senado
- B.Parlamento Autonómico respectivo
- C.Consejo de MinistrosRespuesta correcta
- D.Consejo de Gobierno de cada Comunidad, dando cuenta al anterior
Explicación
La respuesta correcta es C. El Consejo de Ministros tiene competencia exclusiva para acordar la disolución de los órganos de una Entidad Local, conforme al artículo 61 de la Ley de Bases del Régimen Local. Este acuerdo es una medida excepcional que debe contar con la aprobación previa del Senado para garantizar el control parlamentario.