¿De quién ha de provenir la iniciativa para proceder a la disolución de los órganos de una Entidad Local?
- A.Cortes Generales
- B.Consejo de Ministros
- C.Asambleas Legislativas Autonómicas
- D.El consejo de Ministros o el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de que se trateRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La disolución de los órganos de una Corporación Local puede acordarla el Consejo de Ministros por iniciativa propia o del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma respectiva. El acuerdo requiere aprobación previa del Senado, garantizando así un control parlamentario de esta medida extraordinaria.