El artículo 30.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP, establece que: cuando un día fuese hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que residiese el interesado, e inhábil en la sede del órgano administrativo, o a la inversa:
- A.Se considerará inhábil sólo si es inhábil en la sede del órgano administrativo.
- B.Se considerará hábil sólo si es hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en la que reside el interesado.
- C.Se considerará inhábil en todo caso.Respuesta correcta
- D.Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 30.6 de la Ley 39/2015 regula cómo se computan los plazos cuando un día es hábil en el municipio pero inhábil en la sede del órgano administrativo, o viceversa. Este supuesto afecta la contabilización del procedimiento administrativo.