De acuerdo con lo dispuesto en el art. 409 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, a las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren u organizaren el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público se les castigará:
- A.Con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.Respuesta correcta
- B.Con la pena de multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.
- C.Con la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 409 del Código Penal castiga a autoridades o funcionarios que promuevan, dirijan u organicen el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público con multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por seis meses a tres años. Esta es la sanción correspondiente a este tipo de conducta.