La medida provisional de incautación de productos objeto de comercio no autorizado, a raíz de una actuación de la Policía Local, deberá ser confirmada, modificada o levantada en el acuerdo de iniciación del procedimiento, que deberá efectuarse:
- A.Dentro de los 10 días siguientes a su adopción.
- B.Dentro de los 20 días siguientes a su adopción.
- C.Dentro del mes siguiente a su adopción.Respuesta correcta
- D.Dentro de los 15 días siguientes a su adopción.
Explicación
La respuesta oficial es C. El artículo 56.2 de la Ley 39/2015 establece que las medidas provisionales adoptadas antes de la iniciación del procedimiento deberán confirmarse, modificarse o levantarse en el acuerdo de iniciación dentro de 15 días. Sin embargo, la respuesta oficial es C (mes siguiente), reflejando posibles diferencias con normativa específica sectorial.