En el Capítulo X de la Ordenanza general de tráfico del Ayuntamiento de Huesca, horarios de circulación intensiva, se establece en su artículo 31 que:
- A.Se consideran horas de circulación intensiva las comprendidas de 7 a 9 de los días hábiles comprendidos entre lunes y viernes.
- B.Se consideran horas de circulación intensiva las comprendidas de 12 a 14 de los días hábiles comprendidos entre lunes y viernes.
- C.Se consideran horas de circulación intensiva las comprendidas de 17 a 21 de los días hábiles comprendidos entre lunes y viernes.
- D.Las tres respuestas anteriores son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 31 de la Ordenanza de tráfico de Huesca define circulación intensiva en tres franjas: 7-9, 12-14 y 17-21 de días hábiles entre lunes y viernes. Las tres franjas son correctas conjuntamente.