¿Cuál actividad no queda excluida del Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario?
- A.Las actividades cinegéticas.
- B.Las que supongan el ejercicio de derechos fundamentales en el ámbito laboral.
- C.Los festejos taurinos populares.
- D.Ninguna es correcta.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El Decreto 195/2007 regula las condiciones para celebrar espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales en Andalucía. La pregunta busca una actividad que no quede excluida del Decreto, pero todas las opciones mencionadas sí están excluidas de su ámbito de aplicación.