Pregunta 47

Policía Local - 2025 - Policía Local - Granada

Desde el punto de vista formal, el bando se caracteriza por:

  • A.La falta de procedimiento establecido para su elaboración, salvo la necesidad de dotarlo de la debida difusión según el uso y costumbre de la localidad a efectos de conocimiento por sus destinatarios.Respuesta correcta
  • B.Ser una expresión de la potestad reglamentaria reconocida a las entidades locales y como tal, la necesidad de seguir el procedimiento establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local para su elaboración, aprobación y difusión.
  • C.La necesidad de seguir el procedimiento establecido en el Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, debiendo constar en el expediente que se forme para su emisión, el informe preceptivo de la Secretaría General.

Explicación

La respuesta correcta es A. El bando, como instrumento normativo municipal, se caracteriza por la falta de procedimiento formal de elaboración, a diferencia de las ordenanzas. El Alcalde puede dictarlos sin más requisito que darles adecuada publicidad para conocimiento de sus destinatarios, según el uso y costumbre local.