Pregunta 78

Policía Local - 2025 - Policía Local - Extremadura (unificado)

De conformidad con el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, todo vehículo matriculado en el Registro de Vehículos será clasificado en relación a su nivel de emisiones y combustible empleado. Así, son clasificados con la categoría ambiental ECO los vehículos:

  • A.Vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV).
  • B.Vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros (ciclo NEDC).
  • C.Vehículos eléctricos de batería (BEV).
  • D.Vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km (ciclo NEDC).Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es D. La categoría ambiental ECO incluye vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables, y vehículos propulsados por gas natural o GLP. Los REEV, PHEV con autonomía superior a 40 km y BEV son categoría CERO EMISIONES.