Comete infidelidad en la custodia de documentos del artículo 413 del Código Penal:
- A.La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustraiga, destruya, inutilice u oculte, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo.Respuesta correcta
- B.La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustraiga, destruya, inutilice u oculte, documentos respecto de los cuales no se le haya asignado competencia custodia ni se le hubiese confiado por razón de su cargo.
- C.La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sin la debida autorización accediese o permitiese acceder a documentos secretos cuya custodia le estuviese encomendada.
- D.El particular que por razón de su cargo obtuviese el secreto o información privilegiada de un funcionario público o autoridad.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 413 del Código Penal tipifica la infidelidad en la custodia de documentos cuando un autoridad o funcionario público sustrae, destruye, inutiliza u oculta documentos confiados a su custodia por razón del cargo.