Según el artículo 3 del Título Preliminar del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ¿cuál de las siguientes definiciones es correcta?
- A.a) Vehículo: "Todo aparato destinado a circular por la vía pública y apto para transportar personas o mercancías o para realizar trabajos en la misma"Respuesta correcta
- B.b) Conductor: "Toda persona que guía un sistema de conducción automatizado en la vía pública"
- C.c) Peatón: "Persona que circula a pie por cualquier parte de la vía pública, incluyendo los aceras y refugios"
- D.d) Titular del permiso de licencia: Persona a la que se expide un permiso para conducir y que debe cumplir únicamente los límites de velocidad establecidos
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 3 y Anexo I del Real Decreto Legislativo 6/2015 definen un vehículo como todo aparato destinado a circular por la vía pública y apto para transportar personas, mercancías o realizar trabajos. Esta definición es fundamental para delimitar qué es y qué no es un vehículo regulado por la ley de tráfico.