¿En cuál de los siguientes supuestos está legalmente prevista la inmovilización del vehículo según la Dirección General de Circulación?
- A.a) Cuando el conductor no lleva consigo el permiso de circulación, aunque el vehículo esté en regla
- B.b) Cuando el conductor circula con deficiencias que constituyen un riesgo grave para la seguridad vialRespuesta correcta
- C.c) Cuando el conductor del vehículo estaciona en doble fila
- D.d) Cuando el vehículo transporta mercancías peligrosas
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 104.1.b) del Real Decreto Legislativo 6/2015 establece la inmovilización del vehículo cuando presente deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial. Esta medida permite evitar que vehículos en mal estado circulen causando peligro a otros usuarios.