Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, no mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede, es infracción:
- A.a) Leve
- B.b) GraveRespuesta correcta
- C.c) Muy grave
- D.d) Grave salvo que se haya producido un alcance, en cuyo caso será muy grave
Explicación
La respuesta correcta es la B: Grave. El artículo 76.ñ) del RDL 6/2015 establece como infracción grave: «No mantener la distancia de seguridad con el vehículo precedente.» Esta infracción está expresa.