Pregunta 61

Policía Local - 2025 - Policía Local - Alcalá del Valle

¿Cuál de las siguientes conductas NO está recogida como desorden público en el artículo 558 del Código Penal?

  • A.Perturbar gravemente el orden en la audiencia de un tribunal o juzgado
  • B.Perturbar gravemente el orden en colegio electoral
  • C.Perturbar gravemente el orden con motivo de la celebración de espectáculos deportivos
  • D.Perturbar gravemente el orden en lugar concurrido provocando avalancha, estampida u otra reacción análoga en el público que pongan en situación de peligro la vida o la salud de las personasRespuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es D. El artículo 557 del Código Penal tipifica desórdenes públicos. La pregunta pide identificar qué conducta NO está incluida específicamente en este tipo penal. La opción D describe una conducta que no se encuadra en la tipología de desórdenes públicos del Código Penal.