Según el artículo 96 de la ley 4/2007 de 20 de abril para el desempeño de sus funciones:
- A.Los Auxiliares de Policía Local llevarán placa-emblema
- B.Llevarán distintivo en las hombreras y harán constar su condición con la leyenda de «Auxiliar de policía local»
- C.Irán provistos de un documento de acreditación igual al de los miembros de los cuerpos de Policía local
- D.Su número de identificación, dado por el ayuntamiento, irá precedido de una «A» mayúsculaRespuesta correcta
Explicación
de la Ley 4/2007 de Galicia, el número de identificación del auxiliar de policía local, dado por el ayuntamiento, irá precedido de una 'A' mayúscula. Este distintivo los diferencia de los agentes regulares del cuerpo.