Si la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se hubiese presentado en periodo voluntario de ingreso y el plazo para atender el requerimiento de subsanación finaliza con posterioridad al plazo de ingreso en periodo voluntario y aquel no fuese atendido ¿Qué ocurre?
- A.No se iniciará el procedimiento de apremio
- B.Se iniciará el procedimiento de apremio mediante la notificación de la oportuna providencia de apremioRespuesta correcta
- C.Procederá la inadmisión
Explicación
La respuesta correcta es B. Si la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se presenta en período voluntario y no se subsana el requerimiento antes del cierre del mismo, se abre automáticamente el período ejecutivo mediante providencia de apremio. La Administración entonces procede al cobro coercitivo de la deuda.