¿Cuál de las siguientes respuestas es una característica del procedimiento de apremio?
- A.El procedimiento de apremio es un acto administrativo personalísimoRespuesta correcta
- B.El procedimiento de apremio una vez iniciado no se suspenderá en ningún caso
- C.El procedimiento de apremio es ejecutivo e impulsado de oficio en todos sus trámites
Explicación
La respuesta oficial es A (acto personalísimo). Sin embargo, el artículo 163 de la Ley 58/2003 describe el procedimiento de apremio como exclusivamente administrativo, impulsado de oficio. El término 'personalísimo' no aparece en la regulación legal del procedimiento de apremio.