El RD 939/2005 establece que puede efectuar el pago, en periodo voluntario o periodo ejecutivo:
- A.Únicamente el obligado al pago
- B.Cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación previa autorización del obligado al pago
- C.Cualquier persona, tenga o no interés en el cumplimiento de la obligación, ya la conozca y lo apruebe, ya lo ignore el obligado al pagoRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. En período voluntario o ejecutivo, cualquier persona puede pagar la deuda, sea o no el obligado tributario, sin necesidad de autorización previa. Este principio aplica el concepto civil de pago por tercero, facilitando el cumplimiento de obligaciones tributarias.