El plazo mínimo para el pago en periodo voluntario de las deudas de notificación colectiva y periódica que no tengan establecido otro plazo en sus normas reguladoras según la Ley 58/2003 es de:
- A.Un mes
- B.Dos mesesRespuesta correcta
- C.Tres meses
Explicación
La respuesta correcta es B. El plazo mínimo para pagar en período voluntario deudas de notificación colectiva y periódica es de dos meses, aunque la Administración puede establecer períodos más amplios. Este plazo mínimo garantiza a los contribuyentes tiempo suficiente para cumplir con su obligación.