El coeficiente de situación del Impuesto de Actividades Económicas regulado en el artículo 87 del RDL 2/2004 no podrá ser superior a:
- A.2Respuesta correcta
- B.2,4
- C.3,8
Explicación
La respuesta oficial es A (2).Sin embargo, esta respuesta parece INCORRECTA. El artículo 87 del RDL 2/2004 establece que el coeficiente de situación no podrá ser inferior a 0,4 ni superior a 3,8. La respuesta técnicamente correcta sería C (3,8).