Según el artículo 62 del RDL 2/2004, están exentos del pago del Impuesto de Actividades Económicas los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a:
- A.100.000 eurosRespuesta correcta
- B.500.000 euros
- C.1.000.000 euros
Explicación
La respuesta oficial es A (100.000 euros). Sin embargo, el artículo 82.1.c) del RDL 2/2004 establece que la exención del IAE aplica cuando el importe neto de cifra de negocios es inferior a 1.000.000 de euros, no 100.000. La cifra correcta es un millón de euros, por lo que existe discrepancia con la respuesta oficial.