Conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, de aplicación a los Cuerpos de Policía Local, según establece su disposición final sexta, ¿cuál de las siguientes sanciones podría imponerse por la comisión de una falta grave?
- A.Separación del servicio de dos meses y un día.
- B.Suspensión de funciones de dos meses y un día.Respuesta correcta
- C.Separación del servicio de cuatro días.
- D.Suspensión de funciones de cuatro días.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 10 de la LO 4/2010 establece las sanciones por faltas graves: suspensión de funciones de dos meses y un día hasta seis meses, y traslado con cambio de residencia. La separación del servicio está reservada a faltas muy graves, no a graves.