El artículo 355 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal recoge que en todos los casos previstos en esta sección, los Jueces o Tribunales podrán ordenar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de:
- A.Hasta 25 años.
- B.Hasta 30 años.
- C.Hasta 20 años.
- D.Hasta 35 años.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 355 del Código Penal establece que los Jueces o Tribunales podrán ordenar que la calificación del suelo en zonas afectadas por incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta 35 años.