Según el artículo 8 de la Ley de 17/1997, de 4 de julio de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas es presupuesto indispensable para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento:
- A.Contar con un plan de evacuación en vigor.
- B.Contratar seguro que cubra los riesgos de incendio del local y responsabilidad civil.Respuesta correcta
- C.Contar con las condiciones de accesibilidad y difusión para minusválidos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 8/1993 de 22 de junio de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 8 de la Ley 17/1997 establece que para otorgar licencia de funcionamiento es presupuesto indispensable contar con seguro que cubra riesgos de incendio del local y responsabilidad civil por daños a asistentes y terceros. Esta cobertura es requisito esencial de la licencia.