El intercambio transfronterizo de información se llevará a cabo sobre las siguientes infracciones de tráfico (señale la opción incorrecta):
- A.Exceso de velocidad
- B.Conducción temerariaRespuesta correcta
- C.No detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop»
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 98 del RDL 6/2015 enumera infracciones para intercambio transfronterizo: exceso de velocidad, cinturón, semáforo, embriaguez, drogas, casco, carriles prohibidos y teléfono. La 'conducción temeraria' no está en el listado; se requieren infracciones concretas y verificables objetivamente.