Pregunta 21

Policía Local - 2024 - Policía Local - San Sebastián de los Reyes

En el procedimiento sancionador ordinario, la interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. En el caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá:

  • A.Denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud sin que se haya resueltoRespuesta correcta
  • B.Denegada transcurrido el plazo de veinte días desde la solicitud sin que se haya resuelto
  • C.Denegada transcurrido el plazo de diez días desde la solicitud sin que se haya resuelto

Explicación

La respuesta correcta es A. En el procedimiento sancionador ordinario de tráfico, la interposición del recurso de reposición no suspende la ejecución del acto. Si el recurrente solicita la suspensión y no se resuelve en el plazo de un mes desde la solicitud, esta se entiende denegada por silencio administrativo negativo, conforme al artículo 97 del RDL 6/2015 de Ley de Tráfico. Este plazo de un mes es el específicamente establecido en la legislación de tráfico para este supuesto.