Una vez iniciada la prestación del servicio de auto taxi, los titulares de licencias no podrán dejar de prestarlo durante períodos superiores a:
- A.Veinte días consecutivos o sesenta alternos, sin causa justificada.
- B.Quince días consecutivos o sesenta alternos, sin causa justificada.
- C.Treinta días consecutivos o sesenta alternos, sin causa justificada.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. La Ordenanza de Auto-Taxi del Ayuntamiento de Madrid establece que una vez iniciada la prestación, sus titulares no pueden dejar de prestarla durante períodos superiores a treinta días consecutivos o sesenta días alternos sin justificación. Superar estos plazos permite al Ayuntamiento iniciar procedimiento de suspensión o extinción de la licencia de servicio.