¿Qué derecho, en términos del artículo 53.2 de la Constitución Española, puede ser objeto de recurso de amparo?
- A.El derecho a la objeción de conciencia.Respuesta correcta
- B.El derecho al trabajo reconocido.
- C.El derecho a la propiedad privada y a la herencia.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 53.2 de la Constitución Española permite el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para los derechos fundamentales de los artículos 14 a 29 CE, especialmente la objeción de conciencia del artículo 30. Derechos como el trabajo (art.35) y la propiedad privada (art.33) no tienen acceso al recurso de amparo por estar en sección distinta.