Sin ser la autoridad encargada, ¿quién puede instalar, retirar, trasladar, ocultar o modificar las señales de circulación?
- A.Nadie.Respuesta correcta
- B.Cualquier persona.
- C.Los conductores.
- D.Ninguna es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 58 del Reglamento General de Circulación prohíbe expresamente que ninguna persona, sin ser la autoridad competente, instale, retire, traslade, oculte o modifique señales de circulación, estableciendo una prohibición absoluta y sin excepciones para los particulares.