Pregunta 42

Policía Local - 2024 - Policía Local - Getafe

Los delitos que consistan en la producción de un resultado sólo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del mismo, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, según el sentido del texto de la ley, a su causación. A tal efecto se equiparará la omisión a la acción:

  • A.Cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar.
  • B.Cuando el omitente haya creado una ocasión de riesgo para el bien jurídicamente protegido mediante una acción u omisión precedente.
  • C.Ambas respuestas, A y B, son correctas.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 11 del Código Penal regula delitos por comisión mediante omisión, equiparando la omisión a la acción en dos supuestos: cuando existe obligación legal o contractual específica de actuar, y cuando el omitente ha creado riesgo mediante acción u omisión precedente. Ambas circunstancias permiten imputar criminalmente la inacción.