Pregunta 27

Policía Local - 2024 - Policía Local - Getafe

La Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, reconoce la atribución a los Cuerpos de Policía Local del ejercicio de funciones de policía administrativa. En virtud de lo establecido en el artículo 11 a) de dicha Ley, a estos Cuerpos les corresponde:

  • A.El ejercicio de la policía administrativa en relación al cumplimiento de las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales, así como de otras normas autonómicas y estatales, dentro del ámbito de sus competencias.Respuesta correcta
  • B.Velar por el cumplimiento de las disposiciones dictadas en materia de protección del medio ambiente cuando las funciones de vigilancia sean competencia municipal, bien originaria o delegada.
  • C.El ejercicio, en funciones de auxilio a las distintas Fuerzas de Seguridad del Estado, de la policía administrativa, en relación al cumplimiento de las ordenanzas, bandos y demás disposiciones municipales, así como de otras normas autonómicas y estatales.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 11 a) de la Ley 1/2018 de Coordinación de Policías Locales de Madrid atribuye directamente a los cuerpos de Policía Local el ejercicio de la policía administrativa. Esta función consiste en velar por el cumplimiento de ordenanzas municipales, bandos y disposiciones normativas, dentro del ámbito territorial y competencial de cada ayuntamiento.