De acuerdo con el principio acusatorio, detallado en la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, ¿Podrá el Juez de Menores imponer una medida que suponga una mayor restricción de derechos a la medida solicitada por el Ministerio Fiscal o por el acusador particular?
- A.No, nunca podrá imponer una medida más restrictiva a la solicitada por el Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- B.Sí, en algunos casos podrá imponer una medida más restrictiva debidamente razonada y justificada.
- C.Sí, en casos de especial gravedad y gran repercusión mediática.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley Orgánica 5/2000 sobre responsabilidad penal de menores consagra el principio acusatorio, según el cual el Juez de Menores nunca puede imponer una medida más restrictiva de derechos ni por mayor duración de la que haya solicitado el Ministerio Fiscal o el acusador. Este principio protege al menor limitando el poder discrecional judicial.