Juan hurta de un establecimiento comercial un teléfono móvil, cuyo precio se desglosa: base imponible 340 euros + 21% de IVA 71,40 €, precio venta al público 411,40 €:
- A.Deberíamos tomar como referencia para tipificar el delito el precio de compra de dicho teléfono por el centro comercial.
- B.Nos encontramos ante un delito de hurto del art 234.2, y salvo que el autor no diere fianza o no tuviere domicilio conocido no procedería la detención.
- C.Nos encontramos ante un delito de hurto del art 234.1 y procederíamos a la detención.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. Cuando se hurta de un establecimiento comercial, el valor se calcula según el precio de venta al público incluyendo el IVA. Un teléfono cuyo PVP es 411,40 euros supera los 400 euros, constituyendo un delito de hurto más grave con pena de prisión, por lo que procede la detención.