Pregunta 12

Policía Local - 2024 - Policía Local - Dos Hermanas

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, de forma exclusiva y excluyente, competencia en el orden civil, cuando concurran simultáneamente determinados requisitos, entre los que se encuentra (apartado 3 del artículo 87 ter de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial):

  • A.Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer, actuaciones penales por delito, a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, o que se haya adoptado, una orden de protección a una víctima de violencia de género.Respuesta correcta
  • B.Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer, actuaciones penales por delito, a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, o que se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género.
  • C.Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer, actuaciones penales por delito, a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, y que se haya adoptado, una orden de protección a una víctima de violencia de género.

Explicación

El artículo 87 ter.3 LOPJ establece que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer conocerán en el orden civil cuando se hayan iniciado actuaciones penales por delito a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer O que se haya adoptado una.