Según establece el art. 141 de la Constitución, cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por:
- A.Las Cortes Generales mediante Ley OrgánicaRespuesta correcta
- B.Las Cortes Generales mediante Ley Orgánica y ratificado por la Comunidad Autónoma mediante referéndum
- C.El Gobierno reunido en Consejo de Ministros
Explicación
El artículo 141. 1 de la Constitución Española establece que cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica.