Los agentes de la autoridad podrán proceder a la ocupación temporal de:
- A.Cualquier objeto, instrumento o medio de agresión cuando exista peligro para la seguridad de las personas.
- B.Además de a, cuando se pone con violencia, pretenda a autorizarse o le estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito.
- C.Los ciudadanos tienen el deber de colaborar y no obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.
- D.Todas las respuestas anteriores son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana autoriza a los agentes a ocupar temporalmente objetos e instrumentos para la seguridad, establece deberes de colaboración ciudadana con la autoridad, y contempla múltiples facultades para el ejercicio de sus funciones de seguridad pública.