Según establece la L.O. 6/85 del Poder Judicial en su artículo 6, los Jueces y Tribunales, no aplicarán los reglamentos o cualquier otra disposición que:
- A.No hayan sido publicados en los medios oportunos.
- B.Sean contrarios a la ley.
- C.No cumplan el principio de jerarquía normativa.
- D.Todas las respuestas anteriores son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 6 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial establece que los Jueces y Tribunales no aplicarán normas contrarias a la Constitución, a la ley o al principio de jerarquía normativa, ni aquellas que no hayan sido publicadas en los medios oportunos. Todas estas causas son válidas para la inaplicación.