De conformidad con el artículo 6 de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León, en un establecimiento público con un aforo máximo autorizado de ciento cincuenta personas, ¿cuál es el capital mínimo que deberá cubrir la póliza de seguro ante los riesgos derivados de los espectáculos públicos y actividades recreativas desarrolladas en el mismo?
- A.50.000 euros.
- B.80.000 euros.
- C.100.000 euros.Respuesta correcta
- D.250.000 euros.
Explicación
La respuesta correcta es la C. El artículo 6 de la Ley 7/2006 de Castilla y León establece capitales mínimos de pólizas de seguro según el aforo del establecimiento. Para establecimientos con aforo de hasta ciento cincuenta personas, el capital mínimo exigido es de cien mil euros.