Le informan de la Central que en la calle Duque de Tetuán número 4 hay una mujer llorando y gritando. Personados en el lugar, se encuentran en dicho domicilio a tres personas: Pedro marido de Marta y en proceso de separación, Marta su mujer y Ana una amiga de Marta que no conoce a Pedro. Observan como ambas se encuentran atemorizadas y con claros síntomas en sus rostros de haber recibido varios golpes. Ante estos hechos, deberán actuar:
- A.De oficio por un delito de lesiones ya que no hay violencia de género.
- B.De instancia de parte por un delito de violencia de género.
- C.De oficio por un delito de violencia de género.Respuesta correcta
- D.De instancia de parte por un delito de lesiones.
Explicación
La respuesta correcta es C. Las agresiones causadas por una persona a su cónyuge o ex pareja constituyen violencia de género conforme a la Ley Orgánica 1/2004. Estos delitos son perseguibles de oficio, sin necesidad de denuncia previa, al tratarse de infracciones de elevada gravedad que afectan a derechos fundamentales.