En el caso de que nos den intención de notificación a Don J.M.P. en su domicilio, esta resulte infructuosa, ¿Cómo debe actuar la Administración?
- A.La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
- B.La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado».Respuesta correcta
- C.La notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma».
- D.La notificación se hará por medio de un anuncio en el Tablón físico del Ayuntamiento.
Explicación
La respuesta correcta es B. Cuando la notificación a domicilio resulta infructuosa, el artículo 44 de la Ley 39/2015 establece que la notificación se realizará mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado como medio legalmente obligatorio.