Según el artículo 15.2 apartado d) del Reglamento General de Circulación. En los vehículos destinados, exclusivamente al transporte de mercancías, transporte de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir, en el caso de vigas, postes, tubos u otra carga de longitud indivisible. ¿Qué dice exactamente este artículo y apartado?
- A.En vehículos de longitud superior a cinco metros, un metro por la parte anterior y dos metros por la posterior.
- B.En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior.
- C.En vehículos de longitud superior a cinco metros, tres metros por la parte anterior y cuatro metros por la posterior.Respuesta correcta
- D.En vehículos de longitud superior a cinco metros, ocho metros por la parte anterior y cinco metros por la posterior.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 15.2.d) del Reglamento General de Circulación permite que cargas indivisibles sobresalgan 3 metros por la parte anterior y 4 metros por la posterior en vehículos de longitud superior a 5 metros.