En atención a lo expuesto en la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015 de 30 de marzo, ¿Puede un extranjero ser privado de su documentación de origen?
- A.NO, con carácter general, salvo por investigaciones judiciales.Respuesta correcta
- B.NO, en ningún caso puede ser privado de ella, con arreglo a esta Ley.
- C.SI, puede ser privado de su documentación, para comprobaciones de carácter policial y por tiempo indefinido.
- D.SI, con carácter general, puede ser privado de su documentación de origen.
Explicación
La respuesta correcta es A. Según la LO 4/2015 de Seguridad Ciudadana, no puede privarse a un extranjero de su documentación de origen, salvo por investigaciones judiciales.