Según el artículo 14 de la Ley de Seguridad vial, a efectos de contraste a petición del interesado, una vez repetidas las pruebas de detección de alcohol, el personal sanitario estará obligado a dar cuenta del resultado a:
- A.Autoridades municipales competentesRespuesta correcta
- B.Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas
- C.Organos competentes para sancionar de las comunidades autónomas que hayan recibido el traspaso de funciones y servicios en materias de sanidad
- D.No será preceptivo su remisión en el caso de que el resultado sea negativo
Explicación
La respuesta correcta es A. El personal sanitario está obligado a dar cuenta del resultado de las pruebas de contraste al órgano competente: Jefe de Tráfico provincial, CCAA con traspaso de funciones, o autoridades municipales según proceda. No solo se notifica a los agentes denunciantes, sino al órgano sancionador competente.