Según lo dispuesto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, ¿quién aprueba el Plan de Seguridad Vial plurianual que se determine para la Ciudad de Madrid? :
- A.El Pleno del Ayuntamiento de Madrid a propuesta del Concejal de Portavoz, de Seguridad y Emergencias.
- B.El Alcalde a propuesta del Concejal de Movilidad.
- C.La Junta de Gobierno a propuesta del órgano competente en materia de policía municipal.Respuesta correcta
Explicación
El Plan Municipal de Seguridad Vial lo aprueba la Junta de Gobierno a propuesta del órgano competente en policía municipal, conforme al artículo 9 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible. La opción C es correcta; el Pleno no aprueba planes ejecutivos ni el Alcalde actúa de forma individual.