El Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, prevé que deberán disponer de alumbrado interior del habitáculo:
- A.Todos los automóviles.
- B.Solo los automóviles de alquiler con conductor.
- C.Los automóviles destinados al servicio público de viajeros.Respuesta correcta
- D.Toda máquina automotriz, agrícola o para obras, apta para circular de noche, por tramos de vías señalizadas con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
Explicación
La respuesta correcta es C. El RD 2822/1998 Reglamento General de Vehículos exige alumbrado interior en automóviles destinados a servicio público de viajeros. Requisito específico para vehículos de uso colectivo.