Conforme al artículo 21.6 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, ¿con cuánta antelación mínima deberá comunicar el titular de la vía a las autoridades competentes en materia de gestión del tráfico, los cambios que realice en las limitaciones de velocidad?
- A.10 días.
- B.15 días.
- C.20 días.
- D.Un mes.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 21.6 del TR de la Ley de Tráfico establece que el titular de la vía debe comunicar cambios en limitaciones de velocidad con antelación mínima de un mes.