En el artículo 25 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, el estatuto establece:
- A.La regulación de la composición y funcionamiento de los Tribunales de oposición y de los órganos similares se rige por la normativa general sobre función pública aplicable a las Corporaciones locales.Respuesta correcta
- B.La regulación de la composición y funcionamiento de los Tribunales de oposición y de los órganos similares se rige por la normativa general sobre función pública aplicable a las Corporaciones locales, salvo que las leyes que regulen cada cuerpo policial local dispongan otra cosa.
- C.La regulación de cada cuerpo policial local establecerá la composición y funcionamiento de los Tribunales de oposición y de los órganos similares de las Corporaciones locales.
- D.La regulación de la composición y funcionamiento de los Tribunales de oposición y de los órganos similares no se rige por la normativa general sobre función pública aplicable a las Corporaciones locales.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 25 de la Ley 6/1997 establece que la regulación de Tribunales de oposición se rige por la normativa general de función pública aplicable a Corporaciones locales.