Conforme el artículo 4 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, el conductor de un vehículo para personas de movilidad reducida debe tener, al menos, una edad de:
- A.15 años cumplidos.Respuesta correcta
- B.18 años cumplidos.
- C.16 años cumplidos.
- D.20 años cumplidos.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 4 RGC (RD 818/2009) establece edad mínima de 15 años para conducir vehículo de personas con movilidad reducida, inferior a los 16 años de AM.