Según el artículo 6 de la Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de «habeas Corpus», contra la Resolución dictada por un Juez en una solicitud de "habeas Corpus":
- A.Podrá interponerse recurso de reposición ante la instancia superior.
- B.Podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio del Interior.
- C.Podrá interponerse recurso de apelación ante el Juez.
- D.No cabrá recurso alguno.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 6 LO 6/1984 establece que contra el auto del Juez en habeas corpus NO cabe recurso alguno. Esta irrecurribilidad es característica esencial del procedimiento sumario.