Pregunta 14

Policía Local - 2023 - Policía Local - Algemesí

Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, la solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial, tendrá la consideración de infracción:

  • A.Muy grave.
  • B.Grave.Respuesta correcta
  • C.Leve.
  • D.Este tipo de infracciones siempre constituyen ilícito penal.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 36.11 de la Ley Orgánica 4/2015 tipifica como infracción grave la solicitud o aceptación de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público próximas a centros educativos, parques infantiles, espacios de ocio accesibles a menores, o cuando creen riesgo para la seguridad vial. La gravedad de la infracción refleja la especial protección de menores y la seguridad vial que la norma busca garantizar.